Grafsystem Chillan https://grafsystemchillan.cl Grafsystem Chillan Thu, 18 May 2023 16:55:04 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=5.5.14 https://grafsystemchillan.cl/wp-content/uploads/2020/05/cropped-MarcaOriginal-300x120-1-32x32.jpg Grafsystem Chillan https://grafsystemchillan.cl 32 32 Dirección del Trabajo aplicó multas por 643 millones de pesos a empresas del sector agrícola de temporada. https://grafsystemchillan.cl/2023/05/18/direccion-del-trabajo-aplico-multas-por-643-millones-de-pesos-a-empresas-del-sector-agricola-de-temporada/ https://grafsystemchillan.cl/2023/05/18/direccion-del-trabajo-aplico-multas-por-643-millones-de-pesos-a-empresas-del-sector-agricola-de-temporada/#respond Thu, 18 May 2023 16:55:03 +0000 https://grafsystemchillan.cl/?p=742 Fuente: Dirección del Trabajo

Programa inspectivo se realizó en 12 regiones y abarcó a predios, packing y transporte de trabajadores y trabajadoras temporeras.

La Dirección del Trabajo (DT) aplicó multas superiores a los 643 millones de pesos a empresas agrícolas de temporada en el marco del programa inspectivo a esta actividad desplegado entre enero y marzo últimos.

En total se realizaron 617 fiscalizaciones que abarcaron 12 regiones del norte, centro y sur del país y que se focalizaron, principalmente, en las condiciones de higiene y seguridad en los centros de trabajo, dadas las altas tasas de accidentabilidad que registra el sector.

En efecto, según la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), el trabajo agrícola de temporada registra una tasa de accidentabilidad del 3,9%, solo superada por la industria manufacturera, con el 4%. En mortalidad, ocupa el cuarto lugar, con una tasa de 5,5 por cada 100 mil trabajadores/as.

El director del Trabajo, Pablo Zenteno Muñoz, explicó que “el trabajo agrícola de temporada es una actividad que fiscalizamos proactivamente todos los años porque sus características repercuten en la salud de miles de trabajadoras y trabajadores a lo largo del país, tal como lamentablemente lo demuestran las estadísticas oficiales y los resultados de este programa inspectivo 2023, en el que poco más de dos tercios de las infracciones detectadas correspondieron a materias de higiene y seguridad”.

27 mil trabajadores/as favorecidos

El programa nacional se desarrolló entre enero y marzo en doce regiones: Arica y Parinacota, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O’Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, Araucanía, Los Ríos y Los Lagos.

Para lograr mejores resultados inspectivos, el programa fue dividido en tres ámbitos:

  • Transporte privado de trabajadores/as
  • Packings agrícolas de temporada
  • Predios agrícolas de temporada

Globalmente, se efectuaron 617 fiscalizaciones, 122 de las cuales culminaron con multas por un total de $643.254.030.

Las inspecciones abarcaron a 374 empresas únicas, 129 principales, 108 contratistas, 4 subcontratistas y 2 usuarias.

Al momento de las fiscalizaciones, estas empresas empleaban a 27.457 trabajadoras y trabajadores. De este total, el 48,9% eran mujeres y el 51,1% hombres. Asimismo, el 6% de ellos eran extranjeros.

Las fiscalizaciones a predios constataron el trabajo de adolescentes con edad para hacerlo y sus derechos debidamente respetados.

Infracciones detectadas

Las 617 fiscalizaciones detectaron 271 infracciones en 59 materias. Del total de infracciones, el 67,1% correspondió a materias de higiene y seguridad.

En cuanto al transporte de temporeras y temporeros, las infracciones más sancionadas fueron:

  • No llevar el vehículo de transporte el letrero identificador pertinente.
  • Utilizar bus o minibús con más de 22 o 18 años de antigüedad o hechizo.
  • Llevar el vehículo de transporte un mayor número de pasajeros que el permitido.
  • No suprimir los factores de peligro en el lugar de trabajo (neumáticos en mal estado).

En los packings las infracciones mayoritarias fueron:

  • No tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores.
  • No evaluar los factores de riesgo asociados a trastornos musculoesqueléticos de las extremidades superiores.
  • No informar a los trabajadores acerca de los riesgos laborales.
  • No contener el contrato de trabajo las cláusulas básicas legales.

En los predios las tres infracciones más recurrentes fueron:

  • No realizar la gestión del riesgo de radiación UV.
  • No contar con programa escrito-práctico de protección y prevención contra la exposición ocupacional a radiación UV.
  • No informar a los trabajadores acerca de los riesgos laborales.
  • Pagar las remuneraciones por períodos que exceden de un mes.
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SII logra condena a 8 años de presidio efectivo por delito tributario. https://grafsystemchillan.cl/2023/05/18/sii-logra-condena-a-8-anos-de-presidio-efectivo-por-delito-tributario/ https://grafsystemchillan.cl/2023/05/18/sii-logra-condena-a-8-anos-de-presidio-efectivo-por-delito-tributario/#respond Thu, 18 May 2023 16:52:22 +0000 https://grafsystemchillan.cl/?p=740 Fuente: Servicio de Impuestos Internos

  • La investigación del caso se inició a partir de las acciones de fiscalización habituales que realiza el Servicio, en las que se detectaron posibles devoluciones indebidas del Impuesto a la Renta entre 2012 a 2017.
  • Para el Subdirector Jurídico del SII, Marcelo Freyhoffer, “al perseguir estos delitos, buscamos sanciones que resulten ejemplificadoras y disuasivas para otros contribuyentes, con el objeto de evitar que se produzcan conductas similares, que generan un daño importante al sistema tributario y al desviar recursos que deberían contribuir al desarrollo de Chile y al bienestar de todas las personas”.

Tras la presentación de una querella por delito tributario, el Servicio de Impuestos Internos logró una condena de 8 años de presidio efectivo, sin beneficios, contra Patricio Juan Carlos Aguilera Godoy, como autor del delito consumado y reiterado del artículo 97 N°4 Inciso 3° del Código Tributario, que sanciona a quien, simulando una operación tributaria o mediante cualquiera otra maniobra fraudulenta, obtenga devoluciones de impuesto que no le correspondan, ilícito cometido entre los años tributarios 2012 a 2017.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de La Serena también estableció contra Aguilera la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, y le impuso el pago de una multa de $391.821.501, correspondiente al 100% de lo defraudado.

En el marco del mismo caso, se condenó a Gonzalo Alejandro Aguilera Godoy, a la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, con beneficio de libertad vigilada intensiva, por su responsabilidad como autor de un delito consumado y reiterado de obtención indebida de Impuesto a la Renta, perpetrado en La Serena, entre los años 2016 y 2017.

Además, se le impuso la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo que dure su condena, junto con el pago de una multa de $92.739.939, correspondiente al 100% de lo defraudado.

Por otra parte, también se condenó como autor del mismo ilícito a Ángel del Rosario Rivera Chepillo, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, con beneficio de libertad vigilada intensiva, como también, a la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y a la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo que dure su condena, junto con el pago de una multa de $40.441.643, correspondiente al 100% de lo defraudado.

“Al perseguir estos delitos, como Servicio buscamos sanciones que resulten ejemplificadoras y disuasivas para otros contribuyentes, con el objeto de evitar que se produzcan conductas similares, que generan un daño relevante al sistema tributario y distraen recursos cuyo fin es ser destinados al desarrollo de Chile y al bienestar de las personas”, destacó el Subdirector Jurídico del SII, Marcelo Freyhoffer Moya.

Detección de los delitos
A principios del año 2018, como parte de los procesos de revisión habituales que realiza el SII en el marco de sus labores de fiscalización, se identificó a nueve contribuyentes que habrían obtenido devoluciones indebidas de Impuesto a la Renta, por los años tributarios 2012 a 2017.

A partir de esta información, el SII instruyó auditorías a estos 9 contribuyentes y a otros 11 contribuyentes más con situaciones de similar naturaleza, con el fin de dilucidar la existencia de hechos constitutivos de delito tributario. Es por ello que, luego del extenso procedimiento de recopilación de antecedentes llevado a cabo, se interpuso ante el Juzgado de Garantía de La Serena una querella criminal por delito tributario en contra de todos los involucrados, en forma nominativa. 

Como resultado del proceso de recopilación de antecedentes, se determinó que los contribuyentes habían solicitado diversas devoluciones sobre la base de créditos que corresponderían a supuestos retiros desde sociedades en las que registraba participación. Así, se identificó a 18 contribuyentes con devoluciones irregulares, dado que no habían tenido participación en las supuestas sociedades de las que habría realizado, o su incorporación había sido con posterioridad al Año Tributario en el que solicitó la devolución. Asimismo, no existían antecedentes para respaldar estas operaciones.

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Análisis del SII detecta cerca de cien operaciones riesgosas en ventas de autos. https://grafsystemchillan.cl/2023/05/18/analisis-del-sii-detecta-cerca-de-cien-operaciones-riesgosas-en-ventas-de-autos/ https://grafsystemchillan.cl/2023/05/18/analisis-del-sii-detecta-cerca-de-cien-operaciones-riesgosas-en-ventas-de-autos/#respond Thu, 18 May 2023 16:50:39 +0000 https://grafsystemchillan.cl/?p=738 Fuente: Servicio de Impuestos Internos.

  • Equipos del SII destinaron cerca de un mes de trabajo a programar los modelos analíticos informáticos, para poder realizar una exhaustiva revisión de todas las facturas de venta de autos nuevos.
  • Además de los posibles delitos cometidos, en estos casos existe una mala utilización de un instrumento tributario, como es la factura electrónica.

Gracias a un trabajo coordinado con otros organismos, como el Registro Civil y el Ministerio Público, y a un análisis que incorpora innovación tecnológica generada dentro del Servicio, se ha logrado detectar operaciones riesgosas en materia de venta de autos, donde se estaría mal utilizando el sistema tributario para “blanquear” autos robados.

En una primera revisión, en base a información electrónica del año 2020 en adelante disponible en la Subdirección de Avaluaciones, el SII consideró primero las inscripciones (primera venta) y luego las transferencias de vehículos livianos.

Actualmente, hay una revisión en curso que incluye, además de vehículos livianos, a vehículos pesados y maquinaria, lo cual amplió el universo de contribuyentes definidos en el plan de trabajo inicial, llegando a un universo total de análisis de 30.530 vendedores que registran una primera venta.

Una complejidad de la base de datos sobre la cual se trabajó, que recoge información proporcionada por el Registro Civil, es que incorpora los antecedentes del comprador, pero no incluye el rut del vendedor de los vehículos en la primera venta, por lo que el SII debió llegar a ese dato realizando un intensivo trabajo de análisis de documentos tributarios electrónicos con herramientas de Big Data, debido a los altos volúmenes de información a procesar, considerando que se generan cerca de 600 millones de facturas al año.

Equipos del SII destinaron cerca de un mes de trabajo a programar los modelos analíticos informáticos para poder realizar una exhaustiva revisión de todas las facturas de venta de autos nuevos, lo que implicó diseñar y ajustar el mecanismo para poder hacer el análisis, innovando y generando un sistema propio de lectura de glosas de las facturas, que ahora podrá seguir utilizándose en posteriores revisiones y que se suma al trabajo que se viene realizando desde el año 2015 para robustecer la infraestructura tecnológica y de Inteligencia de Negocios del Servicio.

Lo anterior, permitió lograr una certeza del 90% para determinar al par comprador-vendedor y la creación de nuevos parámetros para incorporar en los sistemas de indagación.

Hallazgos detectados

Se detectaron 97 casos con operaciones riesgosas y comportamiento anómalo en materia tributaria, donde uno de los hallazgos es que existían vehículos que se comercializaban como automóviles nuevos, pero las facturas utilizadas para su inscripción provenían de sociedades creadas con nombres de fantasía, en algunos casos muy similares a automotoras reconocidas en el rubro, pero que no tenían la representación de las marcas para la venta de vehículos nuevos, observándose que las mismas eran creadas mediante la plataforma virtual Empresa en un Día.

Dichas empresas creadas en un día, rápidamente generaban ventas de vehículos nuevos.

En algunos casos, se registraban ventas de vehículos nuevos, sin que previamente hayan realizado la compra a nivel nacional o importación de los mismos. En estos casos, considerando que en Chile no se fabrican vehículos, se levanta la alerta de cómo venden un vehículo nuevo si antes no lo importaron ni compraron a nivel local (concesionaria que compra a un importador).

También se registran casos de contribuyentes que realizaron ventas de vehículos y no realizaron la Declaración Mensual y Pago Simultáneo del IVA a través del Formulario 29.

Asimismo, se observó que contribuyentes que figuraban vendiendo automóviles nuevos no registraban una actividad económica afín a esta comercialización. En dichos casos es necesario evaluar el riesgo de incumplimiento o fraude.

Además, se detectaron contribuyentes que no registran patrimonio en los sistemas del SII, pero figuraban vendiendo varios vehículos.

Se detectaron casos de contribuyentes que están no declarando IVA o subdeclarando por montos muy pequeños, fuera de los valores de mercado.

También hay contribuyentes que figuran vendiendo vehículos de marcas que habitualmente comercializan concesionarias distintas.

Finalmente, está el caso de 16 camiones cuya primera inscripción fue rechazada por el Registro Civil.

En los 97 casos antes mencionados, el SII aplicó el bloqueo de documentos tributarios, método de control que implica que los contribuyentes no podrán continuar realizando sus trámites tributarios sin antes dirigirse al Servicio y entregar antecedentes frente a los hallazgos detectados por el organismo.

Además de los posibles delitos cometidos, en estos casos existe una mala utilización de un instrumento tributario, como es la factura electrónica, con el consiguiente perjuicio fiscal asociado.

Acciones penales

En materia penal, el Servicio de Impuestos Internos ha presentado querella en un caso y dos denuncias en otros detectados previamente al análisis en curso, pero donde el Ministerio Público ha establecido que existió un modus operandi similar.

La querella es en contra de siete personas, de una asociación delictual encabezada por Yerko Andrés Silva Toro, quienes proporcionaron datos falsos en las declaraciones de iniciación de actividades de al menos 16 sociedades y fueron formalizadas como autores de delito tributario previsto y sancionado en el artículo 97 N°23 del Código Tributario.

Todos los imputados tuvieron la medida cautelar de prisión preventiva y algunos siguen en ese régimen. En cuatro casos la investigación del Ministerio Público ya está concluida por condena en procedimiento abreviado, hay un sobreseimiento definitivo por fallecimiento de la imputada y tres están a la espera del juicio oral.

En la investigación penal se pudo establecer que la banda, integrada por a lo menos 49 personas, se dedicaba al robo de vehículos, para posteriormente adulterar sus números de motor, chasis y stickers de seguridad adosados a las ventanas de los vehículos, con el objeto de ser inscritos en el Registro Civil e Identificación como vehículos nuevos y de esta manera adquirir una placa patente.

Los miembros de esta agrupación constituían diversas sociedades, creadas maliciosamente mediante la entrega de datos falsos, con la única finalidad de obtener autorización de documentación tributaria para dar una apariencia lícita a la inscripción de los vehículos que han sido sustraídos.

En tanto, en octubre de 2022 el SII presentó denuncia por delito tributario contra tres personas a quienes se les atribuye entre 2018 y 2021 la emisión de 5.935 facturas ideológicamente falsas por parte de 29 sociedades instrumentales. Las facturas fueron emitidas por operaciones inexistentes y con el único propósito de dar apariencia lícita a las operaciones realizadas por la misma organización criminal, además de lucrar con la venta de los documentos tributarios a otras sociedades receptoras, permitiéndoles el aumento del crédito fiscal en relación a su débito fiscal.

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SII pone foco en contribuyentes de altos patrimonios que declaran su Impuesto Global Complementario con una tasa menor a la que les corresponde https://grafsystemchillan.cl/2023/05/18/sii-pone-foco-en-contribuyentes-de-altos-patrimonios-que-declaran-su-impuesto-global-complementario-con-una-tasa-menor-a-la-que-les-corresponde/ https://grafsystemchillan.cl/2023/05/18/sii-pone-foco-en-contribuyentes-de-altos-patrimonios-que-declaran-su-impuesto-global-complementario-con-una-tasa-menor-a-la-que-les-corresponde/#respond Thu, 18 May 2023 16:48:02 +0000 https://grafsystemchillan.cl/?p=736 Fuente: Servicio de Impuestos Internos

  • El Servicio ha detectado que existen 164 contribuyentes que se encuentran en el tramo más alto de la nómina de Altos Patrimonios (con patrimonio superior a US$ 125 millones), pero que declaran ingresos muy por debajo de los que le corresponden a dicho tramo.
  • Para el SII, es fundamental la responsabilidad tributaria de este segmento, que por sus características cuentan con un mayor conocimiento de la norma tributaria y, por lo tanto, debe cumplir con un mayor nivel de exigencia al momento de declarar todos sus ingresos.

Que los contribuyentes de Altos Patrimonios declaren e incorporen todos sus ingresos en su Declaración, es uno de los focos de control prioritarios definidos por el Servicio de Impuestos Internos para este Proceso de Declaración de Renta 2023.

Este tema es especialmente relevante, dado que, en sus procesos de análisis de información, el Servicio ha detectado a cerca de 14 mil contribuyentes que cumplen con la denominación de Altos Patrimonios, pero que declaran en tasas del Impuesto Global Complementario menores a las de sus pares o bien, con la tasa exenta, es decir ingresos por montos menores de $9 millones.

En estos procesos se ha identificado la existencia de 164 contribuyentes que se encuentran en el tramo más alto de la nómina de Altos Patrimonios (con patrimonio superior a US$ 125 millones), pero que declaran ingresos muy por debajo de los que le corresponden a dicho tramo.

Para el SII, es fundamental la responsabilidad tributaria de este segmento, que por sus características cuentan con un mayor conocimiento de la norma tributaria y, por lo tanto, debe cumplir con un mayor nivel de exigencia al momento de declarar todos sus ingresos.

Personas de Altos Patrimonios

Para que una persona sea clasificada por el SII, como de Alto Patrimonio, se considera que cumpla con las siguientes condiciones: tener un ingreso para los últimos 3 períodos tributarios mayor a 150 mil dólares, o un Patrimonio Personal mayor a un millón de dólares, o un Patrimonio familiar base mayor a US$2 millones.

De acuerdo a dichos parámetros, el Servicio ha determinado actualmente un segmento de 92.226 Personas de Altos Patrimonios.

El análisis del segmento, por parte del SII, apunta a controlar los riesgos de incumplimiento en dos temáticas principales: el traspaso intergeneracional de Patrimonio (por ejemplo, herencias y donaciones), y la declaración y pago del Impuesto Global Complementario.

Los contribuyentes incluidos en la nómina de altos patrimonios registran un impuesto bruto (impuesto previo a la deducción de créditos asociados) de $2 billones para el Año Tributario 2022, mientras que el total nacional es cercano a los $4.89 billones; es decir, los montos asociados al segmento de altos patrimonios representan cerca de un 43% del monto total de todos los contribuyentes.

Impuesto Global Complementario

El SII segmenta en tres tramos a los contribuyentes para efectos de definir las estrategias de tratamientos en base al monto de sus patrimonios:

T1:          Tramo de contribuyentes con patrimonio entre 1 y 5 millones de USD.
T2:          Tramo de contribuyentes con patrimonio entre 5 y 125 millones de USD.
T3:          Tramo de contribuyentes con patrimonio superior a los 125 millones de USD.

En el tramo 3, correspondiente al de mayores patrimonios, si bien en promedio está mostrando una evolución positiva de su tasa efectiva que llega a un 37,4%, el Servicio ha identificado a un grupo de 164 contribuyentes que declaran ingresos muy por debajo del promedio de ingresos declarados por los 731 contribuyentes que pertenecen a este tramo. El promedio total de ingresos declarados llega a más de mil millones de pesos anuales, mientras el grupo de 164 contribuyentes declara solo cerca de 23 millones de pesos al año.

Esta subdeclaración de ingresos es uno de los riesgos de incumplimientos asociados al Impuesto Global Complementario que analiza el SII, a lo que se suman la Justificación de inversiones, los ingresos informados por terceros, no declarados en el F22 de la persona de Alto Patrimonio, el uso de bienes de sociedades directas o indirectas de la persona de Alto Patrimonio, y las rentas (activas y pasivas) por activos en el extranjero.

Respecto de las revisiones por Subdeclaración del Impuesto Global Complementario, durante el año 2022 se cerraron 691 revisiones, correspondientes a los 3 tramos mencionados, con un rendimiento de 7.891 millones de pesos.


Estrategia de tratamiento

El Servicio ha contemplado, en línea con su modelo de gestión, intensificar las medidas preventivas con envío de información a través de correos electrónicos, publicación de mensajes emergentes en el sitio web y la aplicación de observaciones basadas en cruces de información, con el objetivo de fomentar el cumplimiento voluntario o la corrección voluntaria en caso de haber detectado inconsistencias a través de Internet.

En materia de medidas preventivas selectivas, se efectuarán acciones de difusión con asesores tributarios y asociaciones gremiales que agrupen a este segmento, entregando información de esquemas tributarios y espacios de colaboración para efecto de asegurar una responsabilidad tributaria en este segmento.

Por último, entre las medidas correctivas selectivas consideradas para este segmento se incluye la aplicación de revisiones de cumplimiento y auditorías, según el nivel de riesgo detectado en cada caso, el que en el último año ha ampliado su aplicación a todas las regiones del país donde se ha detectado riesgos similares de incumplimiento.

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Micro, pequeñas y medianas empresas ya pueden solicitar el Subsidio al nuevo Sueldo Mínimo https://grafsystemchillan.cl/2022/06/16/micro-pequenas-y-medianas-empresas-ya-pueden-solicitar-el-subsidio-al-nuevo-sueldo-minimo/ https://grafsystemchillan.cl/2022/06/16/micro-pequenas-y-medianas-empresas-ya-pueden-solicitar-el-subsidio-al-nuevo-sueldo-minimo/#respond Thu, 16 Jun 2022 02:09:24 +0000 https://grafsystemchillan.cl/?p=732 Santiago, 13 de Junio de 2022

De acuerdo a las condiciones establecidas en la Ley 21.456

  • El beneficio, que también aplica a cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (fundaciones u otras) y comunidades, se solicita una sola vez, y tiene carácter retroactivo, dado que su vigencia rige desde mayo de 2022. El resto de los meses el subsidio se calculará de manera automática y se depositará en la cuenta registrada por la Mipyme hasta el último día hábil del mes.
  • El monto del beneficio no está sujeto a impuestos, retenciones o embargos, y es variable. Es decir, el subsidio final que recibirá cada Mipyme se calculará mes a mes, en base a la información entregada por la Administradora de Fondos de Cesantía al SII, sobre el número de trabajadoras y trabajadores y sus ingresos, con un desfase cercano a los dos meses.

Ya está disponible en www.sii.clla opción para que las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) puedan acceder a un subsidio mensual destinado a apoyarlas en el pago del nuevo sueldo mínimo establecido en la Ley N°21.456.

El objetivo es entregar a empresas de menor tamaño, que son las que han enfrentado mayores dificultades económicas, un apoyo para que puedan pagar el nuevo salario mínimo a sus trabajadoras y trabajadores, si cuentan con las condiciones establecidas en la normativa.

El Director del SII, Hernán Frigolett, explicó que “con la implementación de este mecanismo de acceso a este Subsidio al Sueldo Mínimo, el SII busca contribuir a que las trabajadoras y los trabajadores del país tengan acceso al nuevo ingreso mínimo, primer paso para lograr el objetivo de que nadie que trabaje una jornada completa viva junto a su familia bajo la línea de la pobreza”.

De manera complementaria, el SII habilitó en su sitio web un espacio con toda la información asociada a este beneficio y a la forma de acceder a él, para que las Mipymes se puedan informar de las condiciones establecidas en la ley y puedan solicitar el beneficio de la forma más sencilla posible.

La implementación de esta política pública es un esfuerzo conjunto de distintas instituciones que aportan en diferentes etapas del proceso, como el SII, TGR y AFC, en la información, entrega y pago del beneficio, además de los Ministerios de Economía, Hacienda y Trabajo y Previsión Social, en la gestión y respuesta de dudas que puedan surgir entre las empresas.

En qué consiste el subsidio
En un beneficio mensual para Micro, Pequeñas y Medianas empresas (Mipymes), cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (como las fundaciones) y comunidades, orientado a apoyarlas en el pago del nuevo sueldo mínimo establecido en la Ley N°21.456.

Este subsidio se solicita una sola vez, a través de sii.cl desde hoy para recibir el subsidio correspondiente a mayo de 2022. El monto del beneficio no está sujeto a impuestos, retenciones ni tampoco será embargable. Es variable, dado que el beneficio que recibirá cada Mipyme se calculará mes a mes, considerando el número de trabajadoras y trabajadores que reciben el sueldo igual o mayor al mínimo en el mes correspondiente al cálculo del beneficio, de acuerdo a la información que entregue la Administradora de Fondos de Cesantía, así como el monto del subsidio.

Al ingresar a la plataforma autenticada, la Mipyme podrá conocer automáticamente si accederá o no al beneficio, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Ley, además del monto a recibir. El beneficio es temporal, ya que se entregará hasta abril de 2023, si se cumplen con las condiciones legales para ello.

Qué Mipymes pueden acceder al beneficio            

  • Las que tengan inicio de actividad en Primera Categoría, como persona natural o jurídica, incluidas las cooperativas. Las empresas que inicien actividades desde el 1 de agosto de 2022, podrán acceder en el caso que el sueldo mínimo aumente a $410.000 (con IPC de 7%), entre enero y abril de 2023.
  • Las que tengan ventas o servicios del giro superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF en 2021.
  • Las que cuenten con 1 o más trabajadoras o trabajadores con sueldo mínimo, de acuerdo al periodo contemplado en la Ley N° 21.456
  • Las que sean persona jurídica sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022.

Cálculo del Subsidio
El cálculo del beneficio se basa en la información entregada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), respecto del número de trabajadoras y trabajadores y su sueldo. Esta información es entregada al SII con un desfase cercano a los dos meses, por lo que, a través de la plataforma del Servicio, se informará la fecha de actualización de los datos utilizados en cada solicitud.

Para verificar si los ingresos de la Mipyme son mayores a 0,01 UF e iguales o menores a 100 mil UF, se consideran los ingresos obtenidos y registrados o declarados en la Declaración de Renta 2022, o los Formularios 29 de Declaración Mensual de Impuestos (IVA), o el Registro de Compras y Ventas, o las boletas de honorarios electrónicas (para sociedades de profesionales de primera categoría).

Los montos del subsidio fueron definidos por ley de la siguiente manera:




Monto salario mínimo
Fecha de aplicaciónMonto subsidio por trabajador con sueldo mínimo
$380.000Mayo a julio de 2022$22.000
$400.000Agosto de 2022 a enero de 2023$26.000
$410.000Enero a abril de 2023$32.000 (Si IPC  anual es mayor a 7%)

Este cálculo mensual también considera la variación en el número de trabajadoras o trabajadores de la empresa durante el periodo de entrega del beneficio, que se verá reflejado en el Factor de Empleo y una vez solicitado el beneficio, mensualmente la empresa podrá revisar en la misma plataforma el monto del subsidio que le corresponde.

Si las Mipymes cumplen con las condiciones establecidas, recibirán el subsidio 15 días después de aceptada la primera solicitud. En los siguientes meses y hasta abril de 2023, el beneficio se depositará automáticamente, hasta el último día de cada mes.

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Indicadores Previred https://grafsystemchillan.cl/2022/06/13/indicadores-previred/ https://grafsystemchillan.cl/2022/06/13/indicadores-previred/#respond Mon, 13 Jun 2022 20:15:54 +0000 https://grafsystemchillan.cl/?p=729 IMPORTANTE

El 26 de mayo se publicó en el Diario Oficial los nuevos valores de Ingreso Mínimo Mensual y Asignación Familiar, lo cuales se deben considerar a partir de la remuneración de Mayo 2022:

Sueldo Mínimo Trabajadores Dependientes e Independientes:      $ 380.000

Sueldo Mínimo Trabajadores de Casa Particular:                              $ 380.000

Sueldo Mínimo Menores de 18 y Mayores de 65 años:                    $ 283.471

Sueldo Mínimo para Fines no Remuneracionales:                            $ 244.944

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SII firmó Acuerdo de Colaboración Tributaria (ACT) con la Asociación de Empresas Chilenas de Tecnología https://grafsystemchillan.cl/2022/06/12/sii-firmo-acuerdo-de-colaboracion-tributaria-act-con-la-asociacion-de-empresas-chilenas-de-tecnologia/ https://grafsystemchillan.cl/2022/06/12/sii-firmo-acuerdo-de-colaboracion-tributaria-act-con-la-asociacion-de-empresas-chilenas-de-tecnologia/#respond Sun, 12 Jun 2022 23:20:09 +0000 https://grafsystemchillan.cl/?p=727 El Servicio de Impuestos Internos suscribió el 24 de mayo un Acuerdo de Colaboración Tributaria con la Asociación de Empresas Chilenas de Tecnología (Chiletec). En esta firma, participaron el Director del SII, Hernán Frigolett; la Jefa de Gabinete del Director, Alicia Viteri; la Subdirectora de Fiscalización, Carolina Saravia; el Subdirector de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios, André Magnere; y el Director de la Regional Metropolitana Santiago Sur, Víctor Hugo Ávila; el presidente de Chiletec, Francisco Méndez; y la gerente general María Eugenia Riquelme.

Esta iniciativa se enmarca en un trabajo de vinculación y colaboración que el Servicio inició en 2017 con agrupaciones de distintos sectores de la economía del país, por el impacto que tienen las asociaciones al fomentar buenas prácticas y canalizar las inquietudes tributarias de sus asociados.

Chiletec, es una asociación gremial, sin fines de lucro fundada el año 2002, que tiene como fin promover el desarrollo de la industria tecnológica chilena. A la fecha agrupa a más de 160 empresas que desarrollan tecnología desde Chile hacía el mercado nacional e internacional.

Importancia de los ACT

En la firma, el Director del SII, Hernán Frigolett, recordó que a la fecha se han suscrito 71 Acuerdos de Colaboración Tributaria en el país, destacando su importancia, ya que permiten gestionar de manera preventiva el cumplimiento tributario a través de la asistencia y colaboración, logrando que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias de manera informada, simple y fácil.

Al respecto, enfatizó que “es importante para el Servicio conocer la industria de las tecnologías de información, dado su impacto presente y futuro en la economía del país, considerando el desarrollo que han tenido este tipo de empresas en el país, por lo tanto es relevante trabajar de manera conjunta y colaborativa con Chiletec, apoyándolos en el entendimiento de sus obligaciones tributarias para que puedan cumplirlas de buena forma, dada la creciente interacción de estas empresas con los mercados internacionales y las implicancias tributarias que ello implica”.

Por su parte, el presidente de Chiletec,Francisco Méndez, sostuvo que “este acuerdo de colaboración resulta ser muy beneficioso para nuestro gremio. Es la forma en que el SII nos contribuirá en colaboración y acompañamiento, a través de un canal expedito y directo con nuestros socios. Es importante cuando la autoridad, sin dejar de serlo, se pone a disposición para orientarnos y entregarnos un importante feedback para hacer mejor uso de la Ley Tributaria, promoviendo el cumplimiento y resolviendo todas las dudas que pueden presentar nuestros socios”.

Este Acuerdo de Colaboración firmado entre el SII y Chiletec, les permitirán a sus socios contar con un canal en el Servicio para:

Trabajar de manera colaborativa en la búsqueda de soluciones preventivas que permitan mitigar los riesgos y cerrar las brechas de incumplimiento de los socios y la industria que representa.
Detectar faltas e incumplimientos y buscar soluciones colaborativas para solucionarlas.
Recibir apoyo y capacitación en temas tributarios relevantes y atingentes a las necesidades de los socios de la Asociación.
Responder consultas o dudas tributarias respecto de problemáticas comunes de los asociados.
Contar información general respecto de las principales brechas presentes en la industria, y como se deben corregir o solucionar.

Estos acuerdos se insertan en el Modelo de Gestión de Cumplimiento Tributario (MGCT) del Servicio, mediante el cual la institución apoya a través de acciones preventivas con todas las herramientas disponibles a quienes, por desconocimiento, puedan cometer errores en sus obligaciones tributarias.

Este ACT estará a cargo de la Dirección Regional Santiago Sur. Su Director, Víctor Hugo Ávila, dijo que “buscaremos mantener un diálogo cercano, activo y colaborativo con Chiletec, sobre asuntos regulatorios y técnicos en materia tributaria atingentes a su industria. Se diseñará a la brevedad un plan de trabajo conjunto, que permita fortalecer el conocimiento tributario de los socios de esta asociación”.

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Subsidio Mipyme 2022 https://grafsystemchillan.cl/2022/06/12/subsidio-mipyme-2022/ https://grafsystemchillan.cl/2022/06/12/subsidio-mipyme-2022/#respond Sun, 12 Jun 2022 23:15:23 +0000 https://grafsystemchillan.cl/?p=723 Desde el 14 de junio del 2022

Ingrese al siguiente link:

https://www.sii.cl/destacados/subsidio_mipymes/subsidio_mypimes.html

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SII recibió más de 570 mil solicitudes al Bono Clase Media 2021 en las primeras dos horas del proceso https://grafsystemchillan.cl/2021/04/20/sii-recibio-mas-de-570-mil-solicitudes-al-bono-clase-media-2021-en-las-primeras-dos-horas-del-proceso/ https://grafsystemchillan.cl/2021/04/20/sii-recibio-mas-de-570-mil-solicitudes-al-bono-clase-media-2021-en-las-primeras-dos-horas-del-proceso/#respond Tue, 20 Apr 2021 17:08:52 +0000 https://grafsystemchillan.cl/?p=719

El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que en las primeras dos horas de abierto el Sistema de Postulación del Bono Clase Media 2021 ya se han aceptado 572.748 solicitudes de trabajadores dependientes, independientes y empresarios individuales, quienes al cumplir los requisitos podrán tener el depósito de este beneficio de hasta $500 mil en un plazo máximo de 10 días hábiles.

“Se trata de una cifra que valoramos, porque implica que estos compatriotas tendrán acceso al apoyo que necesitan en estos momentos complejos que vivimos como país a causa de la pandemia”, expresó el Director del SII, Fernando Barraza. Asimismo, expresó que “estamos monitoreando exhaustivamente el comportamiento del sistema, para detectar cualquier situación que debamos abordar para resolverla lo más prontamente posible”.

En estas dos primeras horas de operación, el sistema recibió 1.907.153 de visitas y a razón de 4.773 solicitudes por minuto. Barraza expresó que “el sistema se ha mantenido estable y operado con normalidad, lo que ha facilitado el acceso a este beneficio destinado a las personas más afectadas por la crisis sanitaria, que fue uno de los objetivos que nos fijamos como institución al asumir este desafío”.

Cabe recordar que de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 21.323, podrán acceder al Bono Clase Media de $500 mil directamente quienes tuvieron un Ingreso Promedio en el Segundo Semestre de 2020 igual o mayor a $326.500 o igual o menor a $408.125. También podrán optar al bono las personas cuyo ingreso Promedio Mensual de 2019 fluctúe entre los $298.833 y los $2.000.000. En este último caso, deberán registrar además una disminución de al menos un 20% de sus ingresos, entre el Ingreso Promedio del Segundo Semestre de 2020 versus el mismo período de 2019.

El monto del bono dependerá de los siguientes tramos de ingreso:


Ingreso Promedio Mensual 2019(*)
 
MONTO DEL BONO
DesdeHasta
$298.833$1.500.000$500.000
$1.500.001$1.600.000$400.000
$1.600.001$1.700.000$300.000
$1.700.001$1.800.000$200.000
$1.800.001$2.000.000$100.000

*Montos al 31 de diciembre de 2019.

Este bono puede ser solicitado a través de sii.cl hasta el 17 de mayo. Una facilitación relevante que ofrece el proceso este año es que quienes soliciten el beneficio no deben registrar ningún dato en el sistema. Al ingresar en la plataforma en sii.cl, se les informa automáticamente si cumplen los requisitos y el monto del beneficio al que pueden acceder.

Las personas pueden conocer también el detalle de la información que se consideró para el cálculo de cada requisito y, en caso de no cumplir con lo especificado por la ley, se le indica cuál de ellos no cumple y la forma de solicitar la revisión, aportando con los antecedentes necesarios para respaldar su situación, si corresponde.

Pensionados
Lospensionados por vejez o invalidez que cumplan los requisitos también podrán acceder a un Bono Clase Media de $100 mil, que se pagará de manera automática, sin que tengan que realizar algún trámite. Ellos pueden revisar en sii.cl si son beneficiarios solo con su RUT y, evitando de esta forma que deban salir de sus casas y pongan en riesgo su salud.

Para los pensionados inscritos para el pago por cuenta bancaria, el monto de este bono será depositado entre abril y mayo en la misma fecha de pago de su pensión. En tanto, para quienes reciben su pensión por caja, el bono será pagado también por caja, desde mayo.
 
Si el pensionado tiene adicionalmente otros ingresos y cumple con los requisitos para acceder al Bono Clase Media de hasta $500 mil, puede ingresar a la plataforma disponible en sii.cl y realizar la solicitud. Estos beneficios son independientes entre sí.
 
Cabe considerar que si la persona que solicita el beneficio tiene deudas por concepto de pensión alimenticia, la Tesorería General de la República podrá descontar hasta un 75% del monto del beneficio y se abonará al pago de dicha deuda.
 
Para obtener más información sobre el Bono Clase Media 2021, se encuentra disponible el detalle sobre cómo opera este beneficio y algunos ejemplos prácticos para orientar a los trabajadores y empresarios individuales sobre en qué casos es posible acceder a esta medida. También se puede obtener más información en los canales de atención a distancia dispuestos para ello: sii.cl o llamando a la Mesa de Ayuda (600 329 20 11).
 
Préstamo Solidario
La Ley N° 21.323 estableció también un préstamo solidario de hasta $650 mil, que podrá ser solicitado desde el día 8 del mes siguiente a la entrada en vigencia de la ley. Es decir, se podrá solicitar a partir del 8 de mayo, por hasta 3 veces (o 2 si solicitó el Bono), en meses distintos, continuos o discontinuos, durante los próximos 6 meses.

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SII extiende hasta el 31 de diciembre plazo para que trabajadores dependientes que no cumplían con requisitos puedan restituir bono a la clase media https://grafsystemchillan.cl/2020/12/08/sii-extiende-hasta-el-31-de-diciembre-plazo-para-que-trabajadores-dependientes-que-no-cumplian-con-requisitos-puedan-restituir-bono-a-la-clase-media/ https://grafsystemchillan.cl/2020/12/08/sii-extiende-hasta-el-31-de-diciembre-plazo-para-que-trabajadores-dependientes-que-no-cumplian-con-requisitos-puedan-restituir-bono-a-la-clase-media/#respond Tue, 08 Dec 2020 13:00:03 +0000 https://grafsystemchillan.cl/?p=716
  • Como una forma de facilitar este proceso de restitución, el Servicio extendió hasta fin de año el periodo para que los trabajadores dependientes que accedieron al bono para la clase media sin cumplir con los requisitos, puedan reintegrarlo sin reajustes, multas ni intereses.
  • En tanto, el plazo para entregar los antecedentes que comprueben el cumplimiento de los requisitos para acceder a este beneficio, se mantiene hasta el 30 de noviembre.
  • El Servicio de Impuestos Internos extendió hasta el 31 de diciembre el plazo para que los trabajadores dependientes que accedieron al Aporte Fiscal para la Clase Media, sin cumplir con los requisitos establecidos en la ley, puedan restituirlo a través del sitio web de la Tesorería General de la República, sin reajustes, multas ni intereses.

    En tanto, el plazo para que los trabajadores dependientes puedan entregar en sii.cl antecedentes que demuestren el cumplimiento de los requisitos se mantiene hasta el 30 de noviembre. De este modo, quienes no logren acreditarlo, podrán restituir el bono sin reajustes, multas ni intereses, también hasta el 31 de diciembre, lo que es comunicado por correo electrónico una vez completado el análisis.

    A la fecha, 36.272 trabajadores dependientes han restituido el bono y 29.926 han realizado solicitudes administrativas entregando antecedentes para que el SII revise su caso.

    Cabe recordar que en el proceso de verificación del cumplimiento de requisitos, establecido en la ley, el SII detectó 437.703 trabajadores dependientes que, de acuerdo a la información disponible en las Superintendencias de Seguridad Social y de Pensiones, TGR y BancoEstado, presentaban diferencias entre el monto que autodeclararon como sueldo tributable de julio de 2020 al momento de solicitar el bono y el calculado a partir de sus cotizaciones previsionales obligatorias o de lo efectivamente percibido.

    Es por ello que el SII estableció este procedimiento para que los trabajadores restituyan los montos, o bien entreguen los antecedentes que demuestran que sí cumplían con la disminución de al menos un 30% en su sueldo tributable de julio pasado.

    El SII hace un llamado a quienes están en situación de restituir a que lo hagan dentro del plazo establecido y con ello evitar la aplicación de reajustes, multas e intereses.

    Fuente: www.sii.cl

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